Aunque aún no ha sido homologado por el Ministerio de Trabajo, estacioneros y empleados habrían acordado un convenio laboral de emergencia mientras dure la cuarentena.

De acuerdo a lo publicado por el sitio www.surtidores.com.ar, la medida que se acordó para “evitar despidos”, incluirá “suspensiones de personal a cambio de una cifra no remunerativa equivalente a un porcentaje de sus haberes”.

“Quienes no concurran a trabajar cobrarán el 70% de los haberes brutos que les hubiese correspondido percibir en circunstancias normales”, asegura la publicación.

Los dueños de estaciones de servicio, aseguran que la decisión fue tomada “en medio de la crisis de ventas histórica que el aislamiento preventivo obligatorio provocó en el sector de las estaciones de servicio, para preservar la fuente de trabajo de los empleados hasta tanto se reactive la actividad”.

Las cámaras empresarias y los gremios de Córdoba y las provincias de Cuyo, avanzaron en la firma de un acuerdo “de emergencia”, que flexibiliza las condiciones de los Convenios Colectivos de Trabajo 666/13 y 327/2000 respectivamente.

El texto del acuerdo indica que “se acordaron sustituir los haberes salariales correspondientes al mes de abril de 2020, y en lo sucesivo hasta tanto dure la medida de aislamiento para todos los trabajadores que no presten servicios en el marco del aislamiento precitado, por cualquier causa que fuere, tanto sanitaria (fuerza mayor) como económica (falta o disminución de trabajo), mediante una asignación dineraria no remunerativa equivalente a la suma del setenta por ciento de los haberes brutos que les hubiese correspondido percibir en circunstancias normales”.

El compromiso aclara también que las cargas sociales y tributaciones relativas a la Ley laboral serán asumidas en su totalidad por la parte empleadora.

El convenio expresa además que será de aplicación sólo a aquellos empleadores que hayan abonado en su totalidad los haberes correspondientes al mes de marzo de 2020 y comunica que “la organización de los equipos de trabajo que efectivamente presten servicios en el marco de la emergencia deberá efectuarse por los empleadores de manera razonable, disponiendo la cantidad de trabajadores mínimos y necesarios como para no afectar de manera desproporcionada la carga de trabajo normal y habitual de los trabajadores”.

En ese sentido afirman los representantes del sindicato y los empresarios firmantes, que este acuerdo se realiza “a efectos de atenuar el impacto negativo de esta situación de emergencia, y tender esencialmente a preservar las fuentes de trabajo”.