Sobre el incierto destino de la causa Blas III y sus consecuencias políticas
Ya hemos hecho referencia en varias oportunidades a las enormes habilidades del fiscal José “El Gringo” Mana, que sin ser el más antiguo de los fiscales de instrucción de la Ciudad de Córdoba —aunque esté próximo a serlo— tal vez sea uno de los más experimentados. Porque en Tribunales nadie duda que es el más hábil en el manejo político-judicial de aquellas causas que generan tensiones al Poder Ejecutivo Provincial.
Es justo no obstante decir, que hay muchos que han pretendido o pretenden ostentar ese mérito. Y no solo por el hecho de ser los mejores, como es tal vez el caso de Mana. Sino que pareciera que al lado de honestos y correctos trabajadores de la Justicia, siempre han existido funcionarios judiciales dispuestos a competir —muchas veces de manera enérgica y otras de manera patética— para demostrar cuán capaces son de estar más cerca o más alineados con el Poder, el verdadero. Ese que en la ficción constitucional pareciera estar dividido en delimitadas y cuidadosas porciones, pero que en la praxis, en la realidad cotidiana, por lo general es uno y sus límites muchas veces son muy confusos o incluso desconocidos.
Pero Mana destaca claramente del resto. Porque además de su enorme muñeca para el timoneo de las causas es sumamente prolijo, eficiente y cuidadoso. Maneja los tiempos de las causas judiciales como nadie. Y sobre todo, la comunicación, muchas veces más importante que las causas mismas.
Para lograr todo esto se rodea de un selecto grupo de colaboradores que le permite dar respuesta rápida y eficaz a las cuestiones que son sometidas a su tribunal. El “equipo de José”, como se lo conoce en Tribunales, suele ser un semillero de futuras estrellas. Porque en esa fiscalía no se aprende (solamente) la aplicación del derecho, sino que es una gran escuela sobre habilidades de conducción política de las causas, de amagues y cálculos de tiempo en un calendario que no siempre es el gregoriano. Y sobre todo, en su enorme capacidad de elegir en la medida de lo posible o incluso de lo imposible, qué batallas dar y cuáles evitar. Haciéndose eco de aquella máxima que pregonaban algunos viejos maestros tribunalicios y que tanto gustaba repetir a otro experimentadísimo del Poder Judicial, el doctor Federico Storni, ex Director General de Policía Judicial y formador de muchas generaciones de funcionarios judiciales: “No hay peores causas que las causas perdidas”.
Hace pocos días el fiscal de instrucción José Mana recibió —luego del sorteo por los antecedentes que bajaron de la Cámara Octava de Crimen de Córdoba, en relación a la Sentencia Nro. 20, conocida como causa Blas— la orden de investigar una multiplicidad de cuestiones por demás incómodas, no solo por los hechos: principalmente por los personajes. A fojas 2110 de los fundamentos de la sentencia mencionada, puede leerse lo siguiente:
“XVIII) REMITIR los pertinentes antecedentes por ante la Fiscalía de Instrucción que corresponda, a los fines de iniciar la investigación penal preparatoria ante la posible comisión de delitos de acción pública perseguibles de oficio:
a) cometido presuntamente por Jorge Ariel Galleguillo, Walter Eduardo Soria, Enzo Gustavo Quiroga, Sergio Alejandro González, Wanda Micaela Esquivel, Javier Catriel Alarcón, Juan Antonio Gatica y todo otro personal policial que pudiere serindividualizado, por haber hecho insertar falsamente, mediante registros fílmicos, la documentación del hallazgo del arma de fuego tipo revólver calibre .22 marca Doberman, por el probable delito de falsedad ideológica (art. 293 del C.P.);
b) cometido presuntamente por funcionarios policiales a individualizar, quienes el día del suceso juzgado (06 de agosto de 2020) interceptaron y retuvieron en la intersección de las calles Chacabuco y Corrientes del centro de esta ciudad al Fiat Argo blanco, abordando a las víctimas Juan Cruz Camerano Echavarría y Camila María Toci, y no prestando el debido auxilio a la víctima Valentino Blas Correas, por los probables delitos de omisión de auxilio y/u omisión a los deberes de funcionario público y/o lesiones leves calificadas cometidas en abuso de la función por parte de miembro integrante de la fuerza policial -éstas últimas en perjuicio de Camila María Toci (arts. 108, 249 y 89 en función del 92 y del 80 inc. 9º del C.P.);
c) cometido presuntamente por integrantes del entonces Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario, quienes habrían omitido realizar actos atinentes a su función que podrían haber evitado los primarios hechos juzgados en el presente proceso, por el probable delito de omisión a los deberes de funcionario público (art. 249 del C.P.);
d) cometido presuntamente por Gonzalo Leonardo Cumplido, con relación al conocimiento que pudo haber tenido del “plantado del arma” de fuego tipo revólver calibre .22” marca Doberman que apareciera sobre la Av. Vélez Sársfield 1699, por el probable delito de encubrimiento por omisión de denuncia agravado por la calidad funcional, por la gravedad del hecho precedente y por haber sido cometido en ejercicio de sus funciones (arts. 45, 277 inc. 1º ap. “d” y 3º aps. “a” y “d” y 279 inc. 3ºdel C.P.);
e) cometido presuntamente por Alfonso Fernando Mosquera y Lucas Sebastián Mezzano, con relación a la entrega de un vehículo Toyota Corolla supuestamente perteneciente a un particular que se encontraba en la Casa de Gobierno de esta Provincia a Gonzalo Leonardo Cumplido, con posible abono de tickets de combustible y seguro del automotor con fondos provenientes, presumiblemente, del erario público, por los probables delitos de abuso de autoridad y/o malversación de caudales públicos (arts. 248 y 260 del C.P.);
f) cometido presuntamente por Víctor Distéfano, con relación a la ilegal presunta autorización dada a personal policial para que ingresen el día del hecho, al Centro de Control de Videovigilancia de la Policía de Córdoba, por el probable delito de abuso de autoridad (art. 248 del C.P.);
g) cometido presuntamente por Liliana Rita Zárate Belletti (por entonces Directora General de Recursos Humanos de Policía de la Provincia) y/o funcionarios policiales a su cargo, con relación a la supervisión de la eficiente formación y de la posterior evaluación de aptitud para continuar en el desempeño funcional del personal policial actuante en los hechos aquí juzgados, por el probable delito de omisión a los deberes de funcionario público (art. 249 del C.P.); y
h) cometido presuntamente por funcionarios policiales a individualizar, quienes en la madrugada en que ocurrió el suceso juzgado, habrían omitido realizar actos atinentes a su función, tendientes a la debida contención de las víctimas, por el probable delito de omisión a los deberes de funcionario público (art. 249 del C.P.); todo conforme se indica en los considerandos de la presente, y de acuerdo con lo previsto por los arts. 152 y ccs. del C.P.P.-“
ESE MUERTO NO LO CARGO YO
Aunque la frase fuera interpretada e inmortalizada por otro célebre, el enorme y siempre recordado Carlitos “Pueblo” Rolán, pareciera que José Mana la hizo propia y en el marco de lo remitido hace días, la interpretó como nadie. Porque desde la tarde de ayer se conoce que el hábil fiscal de instrucción habría remitido, todos o la mayoría de las investigaciones que le delegaran, al Fuero Anticorrupción. Algo que podría ser esperable si uno estudia detenidamente los nombres en danza y la causa Blas I, que coincidentemente, también instruyó José Mana.
Pero que en la práctica y ante la enorme expectativa que generó la sentencia de uno de los casos más paradigmáticos de la historia del Poder Judicial de Córdoba —y claramente el más significativo en la Provincia de Córdoba de los últimos veinticinco años— se sabía que no iba a ser tomada como algo positivo por los familiares de las víctimas, y en particular por Soledad Laciar, la mamá de Blas, que adquirió una enorme visibilidad por su lucha y que no para de recibir propuestas de todo el arco político para ser candidata prácticamente a lo que desee o quiera.
Y decimos que no iba a ser tomado como algo bueno, porque lamentablemente el Fuero Anticorrupción se ha transformado, de manera pública y escandalosa, en un espacio judicial que muchas veces hiere el sentido común de la ciudadanía cordobesa.
Claramente, esto toma otra dimensión a la luz de la única propuesta concreta —o la más conocida— que el principal candidato a gobernador de la oposición, el Dr. Luis Juez, ha manifestado primero, en una reunión abierta, y posteriormente en una reunión privada, celebrada justamente en la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia de Córdoba la semana pasada: que de llegar a la gobernación eliminará, sin miramientos ni dudas, el Fuero Anticorrupción.
Si se conecta todo esto con la historia del candidato —ex titular de Anticorrupción cuándo él área dependía del Poder Ejecutivo Provincial— nos surgen algunos interrogantes: ¿haber generado, permitido o propiciado esta medida ha sido esta una decisión políticamente inteligente?
No tenemos una respuesta. Pero claramente y en medio de una campaña dónde a ningún candidato le sobra absolutamente nada, y que como dijo inteligentemente un gran periodista de este medio “se realizará a bordo de un patrullero”, solo podemos afirmar que una decisión judicial de esta naturaleza, puede resultar cuánto menos, temeraria, y con destino abierto e incierto. Y garantiza que se instale en agenda un tema que es incómodo para el oficialismo.
Como dijimos anteriormente, no tenemos aún una respuesta. Pero a la luz de todo lo ocurrido, nos surge una aseveración: cuanto más seguirá visibilizando Blas con su muerte.
Aquel silencioso, agudo, irónico y ocurrente adolescente que, sin dudar, le aseguraba a su mamá que algún día iba a ser muy conocido, parece estar cumpliendo. Porque su memoria no para de generar violentos terremotos que remueven lo más profundo y naturalizado de la realidad judicial y política de Córdoba.