Tucumán: un fallo inédito reconoce que una nena tiene una mamá y dos papás
Es el primero de este tipo en donde no están involucradas la adopción o la fertilización asistida. La menor manifestó que "no quería elegir entre sus dos papás".
Una niña tucumana de 9 años que "no quería elegir entre sus dos papás", ahora tiene legalmente una madre y dos padres por decisión de una jueza que produjo el primer fallo de triple filiación o pluriparentalidad en el que no están involucradas ni la adopción de integración ni las técnicas de fertilización asistida.
"Para poder dar una solución jurídica a este caso, no solo tuvimos que mirar más allá de la apariencia, sino también tuvimos que deshacernos de nuestros prejuicios y estereotipos para conectar realmente con las personas que participan en esta historia", dice en su sentencia la jueza Mariana Rey Galindo, del Juzgado de familia y Sucesiones de única nominación del Centro Judicial Monteros.
"Especialmente con July (nombre ficticio), de 9 años, que es no sólo la protagonista sino quien conquistara la solución", agrega la magistrada en el fallo al que tuvo acceso la agencia Télam.
La Justicia intervino a partir de la demanda interpuesta por el padre biológico pero no registral de la niña -a quien llamaremos Roberto-, para ser reconocido legalmente como su progenitor, impugnando en la misma acción la filiación paterna de Jorge, también ex pareja de la madre de la July que reconoció a la nena como propia.
Sin objetar la paternidad biológica de Roberto, Jorge solicita que no se tenga en cuenta su demanda por entender que están vencidos los plazos para realizarla.
Y en el medio July, que durante la semana vive con "papito" Jorge, su tía y una hermana en Amaicha del Valle, pero los fines de semana los pasa con "papá" Roberto y otra media hermana, visitando o recibiendo la visita de su mamá, que habita otra casa con sus dos hijos más pequeños.
July le dejó claro a la magistrada que "no quiere elegir entre ambos padres porque ella tiene dos y a los dos los quiere", además de querer conservar su nombre y apellido actuales.
Mirá la sentencia completa: