Muerte de Samir Velázquez: primera condena para acusados de facilitar el lugar
El joven de 20 años falleció tras haber ingerido éxtasis en una fiesta electrónica clandestina en Camino a 60 Cuadras. La justicia sentenció a tres organizadores y absolvió a un enfermero.
La Cámara 12ª del Crimen condenó a tres de los cuatro acusados de "facilitar el lugar para la comercialización y consumo de drogas agravado" en una fiesta electrónica clandestina en la ciudad de Córdoba, en la que murió el joven Samir Velázquez de 20 años tras haber consumido éxtasis.
El hecho ocurrió el 6 de octubre de 2019 en una casona de Camino a 60 Cuadras donde se realizaba el encuentro clandestino y por el cual estaban imputados en este primer juicio, Alejandro Aguirre, Ricardo Marconi y Gonzalo Ortiz cómo así también el enfermero Ariel Antonio Carlettini. Los tres primeros formaban parte de las productoras Peca2 y Journey.
El fiscal Gustavo Arocena afirmó que "el Tribunal condenó a los tres primeros por la coautoría del delito de facilitación del lugar para la comercialización y consumo de estupefacientes agravado a cuatro años y seis meses de prisión". En tanto, "en el caso del enfermero Carlettini, el tribunal entendió que su participación primaria en el delito "no estaba acreditada" por lo cual fue absuelto.
Ahora resta que sea elevada a juicio la causa por la muerte propiamente dicha del joven Velázquez, que falleció según quedó establecido enlas conclusiones de la autopsia por una "insuficiencia cardio respiratoria", mientras que las pericias toxicológicas determinaron que había consumido éxtasis y probablemente etanol en el lugar.