Qué pena enfrenta el hombre que tiró una piedra al embudo del dique San Roque
El Código Penal prevé sanciones con cárcel por daños a bienes de uso público en su artículo 184.
La viralización de un video donde se ve a un hombre arrojando una piedra de grandes dimensiones por el embudo del dique San Roque generó el repudio de la sociedad cordobesa y la detención del responsable, identificado como Facundo Radyk.
Luego de que se realizara un operativo para evaluar si se produjeron roturas, se constató que el impacto de la roca dañó la superficie de hormigón armado de la estructura.
El Código Procesal Penal de la Nación prevé penas de cárcel por el delito de daños en los artículos 183 y 184. En el inciso 5 de este último, se agrava la pena cuando el hecho se comete contra un bien de uso público, que podría ir de tres meses a cuatro años de prisión.
ARTÍCULO 184. - La pena será de tres (3) meses a cuatro (4) años de prisión, si mediare cualquiera de las circunstancias siguientes:
1. Ejecutar el hecho con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones;
2. Producir infección o contagio en aves u otros animales domésticos;
3. Emplear substancias venenosas o corrosivas;
4. Cometer el delito en despoblado y en banda;
5. Ejecutarlo en archivos, registros, bibliotecas, museos o en puentes, caminos, paseos u otros bienes de uso público; o en tumbas, signos conmemorativos, monumentos, estatuas, cuadros u otros objetos de arte colocados en edificios o lugares públicos; o en datos, documentos, programas o sistemas informáticos públicos;
6. Ejecutarlo en sistemas informáticos destinados a la prestación de servicios de salud, de comunicaciones, de provisión o transporte de energía, de medios de transporte u otro servicio público.