Aprobación de trámites si el Estado no responde
El Gobierno ya aplica el "silencio positivo" en los actos administrativos, que establece que al cumplirse un plazo determinado desde la fecha de inicio, el silencio del Estado se tomaría como una aprobación. Alcanza a unas 500 gestiones.
Ya rige el denominado “silencio positivo” en los actos administrativos, resolución que había sido incluida en la Ley Bases y que quedó efectivizada a través del decreto 971/24 que lleva la firma del presidente Javier Milei y del jefe de Gabinete, Guillermo Francos.
"Dimos un paso trascendental", expresó Federico Sturzenegger a través de X celebrando la decisión, y según publicó Clarín, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado manifestó que a partir de la promulgación de la ley se hizo un relevamiento de trámites a los que aplicaría este criterio, que luego fueron validados por la Secretaria de Planeamiento Normativo a cargo de María Ibarzábal, y que dicha normativa se implementará para el mecanismo de dichos trámites.
"El proceso de recopilación sigue, así como la revisión de cada uno de estos trámites para su eventual derogación. El ejercicio nos reveló infinidad de obligaciones que el Estado imponía cuya existencia desconocíamos", señaló el funcionario nacional.
El artículo 2° de la Ley Bases, que luego de un extenso debate se aprobó en el Congreso, establecía un plazo de quince días para que la Jefatura de Gabinete de Ministros pusiera en vigencia "el cronograma de implementación del silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley N° 27.742”.
“El silencio con sentido positivo, en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, comenzará a regir de acuerdo con las fechas previstas en el precitado cronograma y para los procedimientos que se inicien con posterioridad a las mismas”, se declaró en el Decreto.
Además, se añadió que las reparticiones de la Administración Pública centralizada y descentralizada "deberán identificar y mantener actualizado el detalle de los procedimientos administrativos alcanzados por lo establecido en el párrafo anterior, en el ámbito de sus competencia”.
Por último, se estableció que “los procedimientos administrativos regulados en normas especiales que contemplen la aplicación del silencio con efecto positivo continuarán rigiéndose por sus respectivas normas y mantendrán plena operatividad”.
Silencio Positivo: ¿que trámites están alcanzados y cuáles no?
En los anexos del decreto que puso en vigencia el silencio positivo se especifica una listado de trámites que están alcanzados por este mecanismo y los que no.
Entre los que sí, figuran la solicitud de baja o suspensión de la actividad de guía de parques nacionales, la exportación o importación de restos paleontológicos, el registro de productoras o agencias científicas, el registro de actrices y actores de doblaje y la autorización de certificado para operadores de turismo estudiantil.
A su vez, en otro anexo se enumeran todos los trámites para los que no rige el silencio positivo, entre los que figuran la modificación de datos del registro de bases de datos públicos, solicitud de inscripción de guías de parques nacionales, el visado de planos de mensura, solicitud de reconocimiento como refugiados, el reconocimiento institucional de las poblaciones rurales y la autorización para uso de fuego en áreas protegidas, entre otras.