El Gobierno nacional prorrogó hasta diciembre del corriente año la disposición que posibilita a microempresas a cubrir cargas patronales. La Resolución General 5632/2025 fue publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

El llamado “Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias” podrá ser utilizado como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). En ese sentido, el período considerado es el de las remuneraciones previstas entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2025, mientras que el cómputo tendrá como tope el 30% del impuesto.

Además, será factible aportar el 70% restante para abonar a cuenta el Impuesto a las Ganancias. De esta manera, es posible computar la totalidad del tributo efectivamente ingresado.

“La determinación nominativa de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del release 3 de la versión 47 del sistema informático ‘Declaración en línea’ dispuesto por la Resolución General N° 3.960 y sus modificatorias, disponible en el sitio ‘web’ institucional y al que deberán acceder con Clave Fiscal”, agrega asimismo la normativa.