Ciudadanía española: cómo conseguir turno luego del cambio de sistema
Ante la demanda para obtener la ciudadanía del país europeo los consulados en Argentina modificaron el sistema de entrega de turnos. Requisitos para obtener la doble nacionalidad.
Los ciudadanos argentinos que quieran obtener el pasaporte español y cumplan los requisitos para poder tramitarlo, deben presentar toda la documentación en alguno de los cinco consulados españoles en nuestro país, pero además deben obtener previamente un turno de atención.
Modalidad de turnos:
La atención presencial al público en los cinco consulados españoles en nuestro país, en Buenos Aires, Bahía Blanca, Córdoba, Mendoza y Rosario, sólo se puede obtener con turnos previos y para ello se deben seguir ciertos pasos:
Ingresar en https://www.cgeonline.com.ar/ la web del consulado, donde se tendrá que crear un usuario y una contraseña para poder solicitar un identificador de trámite (IDU).
Se recibe un correo de bienvenida para confirmar la lista de espera de un turno. Incluye un link para acceder al detalle de la documentación requerida para entregar el día de la cita en el Consulado.
Luego se recibe otro correo con opciones para seleccionar el día y hora de la cita personal. Sin este mail no se puede obtener un turno.
Actualmente, según consigna el sitio clarín.com, la asignación de turnos puede tener una duración de hasta seis meses.
La duración total de trámite para obtener la ciudadanía española dependerá de la complejidad del expediente, por lo que puede ocupar entre uno y más de dos años, dependiendo de cada caso.
Quiénes pueden acceder para sacar la ciudadanía:
. Los hijos nacidos fuera de España de padre o madre españoles la reciben de manera directa, solo presentando la documentación que acredite el parentesco (partida de nacimiento argentina y documentación española de los padres).
. Los nacidos antes del 9 de enero de 1985 o los que al momento de iniciar el trámite son menores de 21 años podrán recibirla de un padre o madre que nació afuera de España, en la medida que éstos la hayan heredado de sus padres antes del nacimiento del ahora interesado en recibir la ciudadanía.
. Los menores de 20 años cuyo padre o madre nacido fuera de España haya recibido la ciudadanía con su hijo ya nacido, siempre que haya adoptado la nacionalidad antes de que el hijo, al que ahora se la traspasará, haya cumplido 18 años.
Ley de Nietos:
La nueva Ley de Nietos comenzó a regir en España a fines del 2022. La misma incluye un artículo para simplificar la tramitación de la ciudadanía española a descendientes de exiliados durante el período de la dictadura franquista.
Si bien en un principio el objeto de la ley era reparar el daño producido a los familiares de los exiliados durante la época del franquismo, se decidió adoptar una interpretación más amplia de la norma y extenderla a cualquier nieto cuyo abuelo sea de origen español.
La normativa también incluye a hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
Además, los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción.
También a hijos o nietos nacidos fuera de España porque su antepasado español debió exiliarse por motivos políticos, ideológicos o de creencia o de orientación e identidad sexual y por eso perdieron o renunciaron a su nacionalidad.