El chagas, "prioritario": 15 años después, reglamentan ley de prevención
El decreto se publicó este jueves. El Congreso había declarado en 2007 de "interés nacional" a la enfermedad que afecta a un millón y medio de argentinos.
La gestión de Alberto Fernández es la cuarta que atravesaba un desafío para la salud pública: la reglamentación de la Ley 26.281, que declara al chagas de "interés nacional" y le otorga "carácter prioritario" a las medidas de prevención.
La norma fue aprobada a mediados del año 2007, durante la presidencia de Néstor Kirchner. Y era una deuda de Estado su puesta en marcha.
Finalmente este jueves, mediante la publicación del decreto 202/2022 en el Boletín Oficial, se dio el paso.
La Organización Panamericana de la Salud (OPS) , la enfermedad afecta a un millón y medio de personas en el país, y más de 6 millones en toda Latinoamérica.
VER: Sólo tres de cada 10 personas con la enfermedad de chagas son diagnosticadas
El chagas es endémico, y lo provoca la vinchuca, a través de un parásito que habita en su interior, el "Tripanosoma cruzi".
Se contagia por su picadura, pero también de forma congénita de madre a hija o hijo, mediante una transfusión de sangre infectada pero también al ingerir alimentos contaminados o al recibir un trasplante de órganos afectados.
Su portación pueda causar la muerte con el paso del tiempo, debido a la generación de arritmias cardíacas o insuficiencias del corazón.
Qué dice el texto
El objetivo de la Ley es "su definitiva erradicación de todo el territorio nacional”. Y por eso demanda una política nacional del Ministerio de Salud, desde una estrategia de atención primaria a toda la población, hasta la prevención y el control de todas las formas de transmisión.
Las provincias deberán "garantizar las pruebas de diagnóstico, el tratamiento y el seguimiento de pacientes infectados" y el Ministerio de Trabajo deberá bregar para que los trabajadores infectados mantengan su relación laboral y no sean despedidos por este diagnóstico.
Desde ahora, son tareas de la cartera que conduce Carla Vizzotti los siguientes ítems:
- Evaluar, elaborar y/o aprobar instrumentos, recomendaciones y guías, pasibles de revisión y actualización, sobre normas técnicas, vigilancia epidemiológica, prevención, detección, tratamiento y seguimiento de personas con Chagas en la fase aguda y crónica de la enfermedad, basadas en la mejor evidencia disponible.
- Investigar y formular instrumentos, recomendaciones y guías, pasibles de revisión y actualización, sobre normas técnicas de diagnóstico clínico y laboratorial de la enfermedad, como así también su correspondiente tratamiento y la supervisión en su implementación.
- Establecer la programación sobre normas de prevención, vigilancia y control, pasibles de revisión y actualización, monitoreando el avance de los planes establecidos.
- Colaborar técnica y financieramente con las autoridades de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en todas las acciones planificadas de forma conjunta, tendientes a lograr y sostener el control de la enfermedad de Chagas.
- Proponer acuerdos y/o convenios de cooperación técnica internacional con Estados de la región en materia de vigilancia, prevención, y/o control, así como de diagnóstico y tratamiento de la patología.
- Articular y coordinar con los sistemas de salud locales y con el Ministerio de Trabajo medidas de implementación y acciones que se orienten a la prevención, detección, tratamiento y seguimiento de personas con la enfermedad de Chagas.
El doctor Hugo Pizzi, integrante del Centro de Estudio e Investigación de la enfermedad de la Universidad Nacional de Córdoba recuerda que, pese a ser originaria de América, "Europa ya hizo más para su combate que nosotros".