La Justicia desestimó la precautelar que presentó la CGT conta el DNU de Milei
El juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet consideró que la medida no puede adoptarse porque el decreto no entró en vigencia.
El juez nacional del Trabajo Ignacio Ramonet desestimó este miércoles el dictado de una medida cautelar "interina" para suspender la vigencia de artículos vinculados a la reforma laboral incorporada en el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 de desregulación de la economía, ya que "todavía no se encuentra vigente", según argumentó.
El magistrado resolvió asumir la competencia para tramitar una demanda de inconstitucionalidad presentada por la CGT y le dio tres días al Gobierno Nacional para responder, según la resolución a la que tuvo acceso Télam.
La medida judicial se conoció mientras la CGT, junto a otras organizaciones sociales y sindicales, realizaba una masiva concentración en Plaza Lavalle, frente al palacio de Tribunales.
El juez Ramonet rechazó dictar una medida cautelar para suspender los artículos del decreto vinculados al trabajo, contenidos en el capítulo IV de la norma, porque "todavía no se encuentra vigente (conforme art.5 CCC)".
"No encuentro que se den razones graves y objetivamente impostergables" (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar interina, considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia", fundamentó el magistrado.
También aclaró que, en caso de entrar en vigencia, lo dispuesto en el decreto en materia laboral “solo afectaría a las situaciones que regula a partir de su vigencia, pudiendo, además, ser motivo de cuestionamiento en los procesos individuales que puedan suscitarse con motivo de su aplicación”
En otro fuero, el Contencioso Administrativo Federal, tramita por otro lado una decena de amparos que plantean la inconstitucionalidad completa del DNU iniciados por organizaciones civiles, gremiales, abogados constitucionalistas y particulares
En todos los casos se reclaman medidas cautelares para suspenderlo, hasta que se dicte sentencia de fondo.
Fuente: Télam