A través del decreto 796/2021 publicado en el Boletín Oficial mediante el cual modifica la resolución 380/01, el Gobierno Nacional decidió la aplicación del impuesto al cheque en operaciones realizadas con criptomonedas y monedas digitales o instrumentos similares.

Allí queda explicitado que “las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación y/o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares, en los términos que defina la normativa aplicable”.

En los considerandos del decreto se deja sentado que es "necesario adecuar la normativa relativa al tratamiento impositivo de los nuevos actores y roles". Además, agrega que "deben actualizarse y armonizarse las exenciones para las cuentas de empresas que brindan el servicio de procesamiento y liquidación de pagos de terceros a través de diversos medios electrónicos, ya sea presencial como no presencial, tanto para el cobro de impuestos y servicios públicos, como de bienes y servicios".

Como en el resto del mundo, la Argentina es uno de los lugares donde se incrementaron las operaciones en criptomonedas y según datos de la AFIP hay abiertas al menos 2 millones de cuentas, por lo cual el organismo recaudador puso el foco allí.

El decreto recordó que, a fines de octubre del año pasado, el Banco Central estableció un nuevo marco de funcionamiento para extender las transferencias electrónicas, y a través de la Comunicación A 7153 actualizó el Sistema Nacional de Pagos y estableció lo que se conoce como Transferencias 3.0. A partir de ahora, se agrega a la normativa el cobro del impuesto al cheque para estas operaciones.