Rafael Nahuel: culminó el juicio con sentencias de entre 4 y 5 Años de para los implicados
El Tribunal Oral Federal de General Roca dictaminó sentencia en el caso de Rafael Nahuel, asesinado durante un operativo del Grupo Albatros en 2017. El prefecto Sergio Cavia fue condenado a cinco años de prisión por homicidio agravado en exceso de legítima defensa, mientras que otros cuatro prefectos recibieron penas de cuatro años y medio como partícipes necesarios del mismo delito.
El Tribunal Oral Federal de General Roca emitió veredicto en el caso del joven mapuche Rafael Nahuel, asesinado durante un operativo del Grupo Albatros el 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi, Bariloche.
El prefecto Sergio Cavia fue condenado a cinco años de prisión por homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa, mientras que los prefectos Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García recibieron condenas de cuatro años y medio como partícipes necesarios del mismo delito.
La lectura del veredicto tuvo lugar después de más de tres meses de audiencias en las que se escucharon a 63 testigos y se analizaron pruebas y pericias. Durante el proceso, las querellas, encabezadas por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, habían solicitado prisión perpetua, argumentando que los miembros de la Agrupación Albatros actuaron como coautores funcionales del homicidio.
"Esta condena es un paso fundamental hacia la justicia. No podemos permitir que la violencia institucional quede impune" expresó el secretario de Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti.
El fallo se produce pocos días después de que se cumplieran seis años del homicidio y tras el anuncio de que Patricia Bullrich, quien ocupaba el cargo de ministra de Seguridad en el momento de la represión, será la ministra de Seguridad del presidente electo Javier Milei.
Durante el juicio, la Fiscalía había solicitado cinco años de prisión para cada acusado, argumentando "exceso en legítima defensa". Las defensas, por su parte, pidieron la absolución, alegando que los prefectos actuaron en legítima defensa y bajo una agresión desmedida.
El abogado de la querella, Mariano Przybylski, destacó en su alegato que quedó demostrado que no hubo un enfrentamiento armado, sino una persecución más allá del predio de la comunidad, y que los efectivos dispararon 151 veces con munición de plomo. Además, se incorporó el agravante de odio racial en los alegatos de las querellas.