Rige el complemento en el monto de Asignaciones Familiares de octubre
Deberá abonarse antes de finalizar el mes de octubre aunque aún no están las fechas de pago. A quiénes alcanza la medida y qué ingresos extras percibirán. Aquí los detalles.
A través de la publicación del decreto 719/2021 en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo oficializó el cobro de un complemento desde octubre en las Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia, monotributistas de las categorías A a la D, como también para quienes perciban Asignaciones por Hijo con Discapacidad y Prestación por Desempleo.
En el caso de los trabajadores en relación de dependencia tanto del ámbito privado como estatal, la medida alcanzará a los que se encuentren dentro del primer o segundo rango de ingresos fijados por ANSES, mientras que quedan exceptuados de la medida quienes cobren AUH y AUE.
El complemento alcanza a 2,1 millones de trabajadores y a un total de 3,2 millones de niños, niñas y adolescentes. "El monto del Complemento Mensual que se abonará en el mes de octubre", sostiene la normativa publicada en el Boletín Oficial aunque todavía no se conoce la fecha en la que se pagará. Mientras que en el mes de noviembre se pagará junto a la prestación.
Cuánto cobro
El complemento extra para las Asignaciones Familiares se implementará de la siguiente manera:
-Complemento mensual de $5.063 por cada hija o hijo para trabajadores con ingresos familiares hasta $78.454 y monotributistas A, B o C.
-Complemento mensual de $3.415 por cada hija o hijo para trabajadores con ingresos familiares entre $78.454,01 y $115.062 y monotributistas de la categoría D.
Para conocer si accedés a un beneficio de Anses y las fechas de cobro establecidas por el organismo, ingresá con tu CUIL a https://servicioswww.anses.gob.ar/dondecobrov2.
El decreto establece además que "el Complemento Mensual que se otorga se abonará siempre que sus titulares hayan generado derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o de la Asignación por Hijo con Discapacidad y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto".
A partir de noviembre, estipula que las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos (hasta $78.454) será "equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $ 10.126, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al primer rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen".
Asimismo, la normativa establece que las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos (entre$78.454 y $115.062) será "equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma $6830, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen".