El Gobierno de Javier Milei oficializó este martes un decreto que crea un “Período de Transición” para pasar de un esquema subsidios generalizados de las tarifas de luz y gas hacia otro de subsidios focalizados. El proceso de seis meses, prorrogable por única vez, tiene por objetivo quitar los beneficios de la energía, y establecer una Canasta Básica Energética. La Secretaría de Energía tendrá amplias facultades para aumentar las boletas que pagan los usuarios.

Esta transición tendrá lugar entre el 1 de junio y el 30 de noviembre de 2024, con la posibilidad de extenderla por seis meses adicionales. El objetivo es “asegurar una implementación gradual, ordenada y previsible de precios de mercado y tarifas basadas en los costos reales de la energía”.

El cambio es una superación de la segmentación en base a niveles socioeconómicos N1, N2 y N3 que se viene aplicando desde hace años.

Durante el período de transición establecido en el Decreto 465/2024, la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, podrá, entre otras cosas, establecer topes de consumos subsidiados, es decir:

  • Determinar los volúmenes máximos de consumo subsidiable para todas las categorías y segmentos residenciales de electricidad y gas.
  • Considerar el criterio de consumo indispensable, la zona bioambiental y la época del año para fijar estos topes.
  • Extender, en una primera etapa, los límites de consumo que ya rigen para los usuarios del Nivel 3 a los usuarios del Nivel 2.

También podrá aplicar descuentos en las tarifas:

  • Fijar descuentos sobre el componente de energía que se traslada a las tarifas finales para los usuarios de las categorías Nivel 2 y Nivel 3.
  • Establecer el nivel de descuentos o bonificaciones que recibirán los beneficiarios por los volúmenes consumidos dentro de los máximos definidos.
Foto ilustrativa Ámbito
Foto ilustrativa Ámbito

Se prevé que tendrá la facultad de facturar los excesos de consumo, es decir:

  • Disponer que los consumos en exceso a los volúmenes máximos subsidiables sean abonados a precios mayoristas de gas natural y energía eléctrica.
  • Mantener escalones graduales de bonificación para los volúmenes excedentes en el caso de los usuarios Nivel 2.

Además, el Gobierno podrá revisar periódicamente los volúmenes de consumo máximo a subsidiar y los montos o porcentajes de los descuentos sobre el componente de energía, como también evaluar la adquisición progresiva de hábitos de consumo eficiente por parte de los usuarios.

Otra de las atribuciones es la modificación de Segmentación y Categorización, es decir, cambiar la denominación y/o el criterio de segmentación de las categorías de usuarios residenciales incorporados en el RASE.

También podrá revisar los indicadores patrimoniales de manifestación de ingresos y considerar la posibilidad de unificar las categorías para establecer una única categoría de usuarios residenciales que requieran asistencia para acceder al consumo indispensable de energía.

El nuevo sistema tendrá las facultades de calibrar las variables necesarias para la implementación del régimen de subsidios focalizados de Canasta Básica Energética (CBE), y realizar pruebas y verificaciones pertinentes durante el período de transición, de acuerdo a lo publicado por Infobae.

A la vez, podrá “invitar” a los usuarios residenciales a reempadronarse en el RASE, realizar cruces de información con otras bases de datos nacionales o provinciales para actualizar el padrón de beneficiarios y minimizar errores de inclusión y exclusión.

Compensación a Distribuidoras:

Por supuesto, no se permitirá que las distribuidoras tengan algún tipo de pérdida, por lo que se podrán determinar los mecanismos de compensación de los menores ingresos de las licenciatarias o concesionarias de servicios de distribución por aplicación de las bonificaciones establecidas durante la vigencia del período de transición.

El nuevo sistema, además, podrá:

  • Dictar todos los actos necesarios para la implementación de lo dispuesto en el presente decreto.
  • Observar los criterios de transparencia, equidad, proporcionalidad, previsibilidad y gradualidad.
  • Dictar normas aclaratorias y complementarias necesarias para la reestructuración del régimen de subsidios.
  • Definir los mecanismos específicos para la asignación y efectiva percepción de los subsidios por parte de los usuarios.

Además, la Secretaría de Energía puede delegar en sus dependencias inferiores, hasta el nivel de Subsecretaría, el ejercicio de estas facultades para asegurar una implementación eficaz y ordenada del nuevo régimen de subsidios, para trasladar a los usuarios los costos reales de la energía.