El caso de femicidio contra Lucía Pérez en Mar del Plata, que motivó el primer paro nacional de mujeres en Argentina en el 2016, volvió a luz pública este lunes por el comienzo del jury contra los jueces que absolvieron a los tres implicados en el abuso sexual y el asesinato de la adolescente.

En el 2018 los magistrados Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso absolvieron a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel de las imputaciones sobre abuso y homicidio.

Ambos jueces firmaron un fallo judicial que sólo condenó a Farías y Offidani a ocho años de prisión por la venta de estupefacientes. Mientras que Maciel fue absuelto por encubrimiento.

De lado dejaron la figura de femicidio, al considerar que la joven había mantenido relaciones sexuales consentidas con Farías y que no se podía comprobar la causa de muerte.

Ver: Caso Lucía Pérez: investigarán a jueces que absolvieron a los acusados
 

Tras la apelación de la fiscalía y la querella, la cámara de casación anuló el falo de Viñas y Gómez Urso mientras que ordenó que se realice un nuevo juicio.

En marzo del año pasado los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone emitieron un nuevo fallo que cambió la situación de los implicados.

Los magistrados condenaron a cadena perpetua a Farías por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes en concurso real con femicidio.

Ver: Condenaron a los dos acusados de abusar y matar a Lucía Pérez
 

En tanto que Offidiani recibió una condena por ser considerado partícipe secundario del mismo delito y se le impuso una pena única de 15 años de prisión.

Maciel, el tercer implicado por encubrimiento, falleció un año antes del segundo fallo sobre el femicidio de Lucía Pérez.