Rechazan un amparo contra el acceso a la interrupción del embarazo
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la Provincia de Córdoba ha confirmado la constitucionalidad de la Ley.
Este jueves la Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la Provincia de Córdoba confirmó la constitucionalidad de la Ley 27.610, que regula el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y a la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar.
La Cámara rechazó así el enésimo amparo presentado por Aurelio García Elorrio en la provincia de Córdoba.
Desde la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito indicaron mediante un comunicado que “queda claro que los procesos judiciales no deben ser utilizados como herramienta de obstaculización para el ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.
“Pese a los infructuosos ataques, y mal que les pese a los grupos que pretenden generar retrocesos en los derechos adquiridos sobre nuestros cuerpos, las interrupciones de embarazo están garantizadas por ley y gozan de alto consenso jurídico y social”, sostiene el documento.