La Justicia Federal investiga un “bautismo” que se realizó el 17 de mayo con 35 paracaidistas que completaban su formación en el Regimiento 14 de Paracaidistas del Tercer Cuerpo de Ejército Córdoba, camino a La Calera.

Durante el episodio en el que, supuestamente se intercambiaron por error una bolsa de harina por una de cal, dejó al menos 20 soldados heridos con quemaduras en sus rostros y vías respiratorias.

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Durante el ritual, que se puede ver en un video que forma parte de la investigación, cada soldado se encontraba con una rodilla a tierra y mientras el superior le gritaba en la cara “¡Paracaidista!”, ellos respondían “¡Siempre!”, al mismo tiempo que se les arrojaba cal en la cara y quedaban cubiertos en medio de una nube de polvo blanco.

El fiscal federal, Carlos Casas Nóblega, está a cargo de la investigación del caso ocurrido el pasado 17 de mayo durante la finalización del curso de paracaidistas. Aunque todavía no ha resuelto acusación formal o alguna imputación, tomó varias medidas en relación a este grave incidente.

Desde el Ministerio de Defensa Nacional, encabezado por Luis Petri, se confirmó que han sido tomadas medidas disciplinarias contra 11 involucrados en el incidente. Se trata de un oficial jefe, dos oficiales subalternos, seis suboficiales y dos soldados voluntarios que han sido suspendidos mientras continúa la investigación.

Desde el Ministerio de Defensa de la Nación indicaron además que el caso ocurrido en Córdoba fue considerado como un episodio grave, aunque aclararon que se trató de un caso aislado.

Ver: La insólita respuesta del Ejército tras el "bautismo" que dejó a 20 soldados heridos

“Se trató de un hecho grave que generó lesiones en nuestros soldados, pero que no debe considerarse como una práctica de carácter institucional, sino como un hecho aislado y fuera de la normativa vigente”, indicaron desde la Cartera a cargo de Luis Petri.

Las denominadas “ceremonias” o ”ritos" de iniciación ya estaban prohibidas en el Ejército desde el año 2022 tras la muerte del soldado Matías Chirino ocurrida en Corrientes.

El Ministerio de Defensa de la Nación ordenó prohibir esas prácticas y determinó que el incumplimiento de la misma fuera considerado como “falta gravísima” en los términos del artículo 13 Anexo IV de la Ley 26.394, “sin perjuicio de otras faltas que pudieran ser aplicables”.