Conocé los detalles de los créditos a tasa cero para monotributistas
Los préstamos tendrán una tasa y un costo financiero total de 0 por ciento. Se devolverá en 12 cuotas. Requisitos para acceder y restricciones.
Desde el próximo lunes se conocerá el listado de monotributistas que podrán acceder a los créditos a tasa cero destinados al consumo.
La asistencia consiste en un préstamo a tasa y costo financiero total de 0 por ciento. La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) instrumentará la medida. El crédito se devolverá en 12 cuotas desde noviembre y se descuenta de la misma tarjeta de crédito, como si fuera una compra en 12 cuotas.
Así, quien tome 150 mil pesos devolverá de octubre 2020 a septiembre 2021 doce cuotas de 12.500 pesos cada una.
Desde el AFIP, se espera entregar el crédito a tasa cero a 1 millón 600 mil monotributistas y 450 mil autónomos.
Cómo acceder
Esta asistencia a monotributistas y autónomos se realizará de forma operativa desde la clave fiscal de cada contribuyente. Ingresando en la web de Afip con la correspondiente clave fiscal, se realizará un parámetro impositivo de facturación electrónica mensual que será informado mediante el domicilio electrónico.
La Afip habilitará un listado en la Ventanilla Electrónica donde comunicará a los monotributistas y autónomos que califiquen al crédito y tengan la opción de aceptarlo. El organismo informará al Banco Central y éste a las entidades bancarias, que tendrán dos días hábiles para acreditar el monto en las tarjetas de crédito de los beneficiarios. Esta acreditación será una especie de saldo limite en las tarjetas.
Quienes no estén bancarizados, podrán acceder a una cuenta a la vista para comprar en comercios hasta cancelar por completo el total del crédito otorgado, salvo que el cliente solicite expresamente con anterioridad la baja.
Las entidades bancarias no deberán percibir cargos por emitir la tarjeta ni por mantenimiento. Además, deberán arbitrar mecanismos ágiles para distribuirlas.
Cuando la Afip informe el listado de beneficiarios, las entidades bancarias no podrán rechazar los giros de los créditos por deuda de los contribuyentes. El crédito se entregará en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
Por otro lado, los bancos retendrán en concepto de las cuotas mensuales del impuesto normal y mensual al monotributo y al autónomo el monto correspondiente de cada tarjeta y será depositado a la Afip.
Mientras esté vigente el crédito, si los beneficiaros no cumplen con la reglamentación, la entidad bancaria estará facultada para retirar los fondos de la tarjeta de crédito.
Requisitos
No se tendrán en cuenta para otorgar el crédito estos puntos:
- Parámetros patrimoniales (ser titular de rodados, inmuebles, embarcaciones etc.)
- Tampoco se tendrá en cuenta el Grupo Familiar.
- Está expresamente prohibido hacer adelantos en efectivo.
- En el caso de monotributistas con categorías A o B, el acceso al Ingreso Familiar de Emergencia.
A modo de ejemplo, se agrega un cuadro con el ingreso bruto anual, el monto de crédito otorgado y el valor de la cuota a depositar.
Quedarán fuera de la posibilidad de acceder al crédito a tasa cero:
- Monotributo o Autónomos que le facturan al sector público nacional, provincial o municipal
- Monotributo que esté en relación de dependencia
- Monotributo que a su vez es jubilado o pensionado
- Monotributo que hayan hecho compra mayor al 80 por ciento de sus ingresos promedio mensual
- Monotributo que el monto de la facturación electrónica del período 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 fuese superior/mayor al promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado según la siguiente tabla:
Restricciones
Por último, los beneficiarios de este financiamiento no deberían acceder al mercado único y libre de cambios para la formación de activos externos ni tampoco podrán comprar dólares para atesoramiento.