Ganancias: cómo se liquidarán los sueldos tras la suba del mínimo no imponible
A través de una resolución, el organismo recaudador estableció las condiciones para aplicar la modificación dispuesta por el decreto del gobierno nacional.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la suba el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias establecida por decreto en la jornada del jueves y estableció las condiciones para la liquidación de los haberes de septiembre teniendo en cuenta esta modificación.
A través de la Resolución General 5076 que será publicada en el Boletín Oficial en las próximas horas, el organismo recaudador oficializa lo dispuesto por el "Decreto 620/2021 que actualizó los valores de la deducción especial para promover que el Impuesto a las Ganancias no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida por el Gobierno en orden a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los salarios y impulsar la demanda interna".
A través de un comunicado, la AFIP aclaró que "cuando un empleador o empleadora hubiera realizado la liquidación de los haberes devengados en septiembre con anterioridad al dictado de la normativa, la devolución del saldo a favor del trabajador o la trabajadora deberá realizarse en el primer pago que se le realice.
En el mismo comunicado, la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont señaló que “las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias apuntalan la recuperación del poder de compra de los salarios de las trabajadoras y los trabajadores, esta medida se suma a las distintas herramientas impulsadas por el Gobierno para fortalecer el proceso de recuperación económica".
A partir de ahora, las personas que perciban una remuneración bruta mensual de hasta $175.000 (trabajadores y jubilados) no se verán alcanzadas por el tributo. La medida beneficia 1.267.000 personas y también excluye del cálculo del impuesto al pago del Salario Anual Complementario que se abona en diciembre. En tanto que quienes perciban remuneraciones mensuales entre $175.000 y $203.000 brutos, si bien serán alcanzados por el pago de Ganancias, deberán afrontar "una menor carga tributaria" que la venían aportando.