Reglamentan el cobro del impuesto a la renta financiera retroactivo a enero
Se tributará por la renta de los plazos fijos, la compra-venta de dólares y el cobro de alquileres. El valor mínimo es de $67.000 anuales.
El Gobierno reglamentó el cobro de impuesto a las Ganancias a la renta financiera, que gravará a los rendimientos de bonos y de plazos fijos, a través del decreto 1170 publicado este jueves en el Boletín Oficial.
El tributarista Marcos Sequeira indicó que el efecto de la medida será "perverso" porque el valor mínimo "es sumamente bajo".
Se pagará entre 5 y 15% del rendimiento que exceda los $67.000 anuales, y desde mediados de 2019 se abonará Ganancias por la renta originada este año en plazos fijos, bonos, cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión y acciones cotizantes en el exterior.
La ganancia devenida en inversiones en pesos pagará 5% de impuesto a las Ganancias sobre el mínimo no imponible, de $66.917,91 anuales.
En tanto, la renta producida por activos en dólares o en pesos ajustables por inflación (UVA o CER), tributará una alícuota de 15% sobre ese mínimo de $ 67.000.
La aplicación de la medida será retroactiva al primero de enero de 2018, y se tributará por la renta de los plazos fijos, la compra-venta de dólares y el cobro de alquileres.