El Gobierno reglamentó la nueva Ley de Vacunas
Será indispensable contar con el Carnet Único de Vacunación para renovar pasaporte, carnet de conducir y otros trámites.
Después de que el Congreso de la Nación aprobara, en diciembre pasado, la nueva Ley de Vacunas, agregando a la obligatoriedad y gratuidad nuevas modalidades y exigencias, este viernes el gobierno de la Nación reglamentó la norma, con su publicación en el Boletín Oficial.
El proyecto había sido impulsado por el diputado tucumano Pablo Yendlin, y modifica la ley vigente 22.099, que data de 1983.
Actualmente, la obligatoriedad de vacunación regía para niños y, con este nuevo proyecto, se extendería también a adultos.
Ahora se prevén seis meses de difusión intensiva, a través de la creación de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (Conaseva), para publicar los efectos colaterales o indeseados de las vacunas y la población se aliste para controlar, renovar o crear el carnet y las vacunas.
Con esto, será obligatorio aplicarse las vacunas, tanto en niños como en adultos y para realizar la renovación del DNI, pasaporte o licencia de conducir.
Con este proyecto también se creará un nuevo documento: el Carnet Único de Vacunación (CUV). Éste será otorgado por los organismos habilitados para aplicar vacunas, como hospitales (públicos y privados) y farmacias. Será exigido para esos trámites y para gestionar las asignaciones familiares y exámenes preocupacionales.
La norma, además, establece la creación de un nuevo registro Nacional de la Población Vacunada Digital, donde se tenga constancia de todas las vacunas que se hayan aplicado.