Tras reglamentar la ley Justina, realizan la primera ablación en Córdoba
Ocurrió en Carlos Paz. La normativa estipula que todos los mayores de edad son presuntos donantes si no se manifiesta voluntad negativa.
Luego de la promulgación de la nueva ley de donación de órganos 27.447, conocida como ley Justina, se realizó la primera ablación en la provincia de Córdoba, llevada a cabo en el hospital Sayago, de la ciudad de Carlos Paz.
"Es una muy buena noticia para las personas que están esperando la oportunidad de recibir un trasplante y mejorar su calidad de vida", dijo Marcial Angós, coordinador de trasplantes de Ecodaic.
Angós indicó que en este caso, tras el fallecimiento de un donante por muerte encefálica, el Ecodaic recibió la información e iniciaron el proceso de donación y transplante.
¿Cómo manifestar la voluntad de donación?
Bajo la normativa anterior, era necesaria la autorización de familiares para la extracción de órganos. Ahora, si cualquier persona mayor de edad no manifiesta expresamente su voluntad negativa en vida, se convierte en potencial donante y es posible practicarle la ablación de órganos con fines de donación sin que la familia lo autorice.
La única excepción posible es manifestar la voluntad contraria a la donación de órganos en el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), el Registro Nacional de las Personas (RENAPER), cualquier Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
También se puede hacer saber la voluntad de donar órganos en las autoridades sanitarias jurisdiccionales, a través de los organismos provinciales y de los establecimientos asistenciales públicos, privados, o de la seguridad social habilitados a tal fin, en el Correo Oficial de la República Argentina, o en Mi Argentina.