Condenan a perpetua a Marcos Bazán por el femicidio de Anahí Benítez
La joven fue retenida, drogada, violada y estrangulada en la casa de Bazán en 2017. El veredicto condenatorio, publicado la semana pasada, había sido unánime.
Marcos Esteban Bazán, el dueño de la casa donde se cree que Anahí Benítez fue retenida, drogada, violada y estrangulada en 2017, fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de la adolescente de 16 años cometido en la reserva Santa Catalina de Lomas de Zamora.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 7 de Lomas de Zamora, que la semana pasada ya había anunciado su veredicto condenatorio -decidido de forma unánime por los jueces Elisa López Moyano, Roberto Conti y Roberto Lugones- dio a conocer este martes la sentencia.
En ella, el tribunal consideró a Bazán como coautor de los delitos de "privación ilegal de la libertad agravada, homicidio triplemente agravado por alevosía, criminis causa y por mediar violencia de género" (femicidio) y como partícipe necesario de un "abuso sexual agravado por acceso carnal".
Anahí fue vista por última vez el 29 de julio de 2017 cuando salió de su casa de Parque Barón, en Lomas de Zamora, para dar un paseo. El 4 de agosto, su cadáver fue encontrado desnudo, con lesiones cortantes y golpes en la cabeza, enterrado en la Reserva Natural Santa Catalina.
La autopsia determinó que fue estrangulada, que le habían suministrado drogas y que en esas condiciones había sido abusada.
Durante el juicio, se determinó que otro acusado, Marcelo Sergio Villalba (42), fue el autor material de la violación, pero dejó de ser juzgado porque una junta médica concluyó que era un "psicótico" que no estaba en condiciones de estar en juicio, aunque ya pesaba sobre él otra condena por abuso sexual.
En su alegato, el fiscal Carrión afirmó que Anahí fue "torturada y cosificada" y había pedido para Bazán la pena de prisión perpetua como coautor, o en su defecto partícipe necesario, de los delitos de "privación ilegal de la libertad agravada, homicidio agravado por alevosía, criminis causa y por mediar violencia de género" (femicidio) y como partícipe necesario de un "abuso sexual agravado por acceso carnal".