Lo que primero fue la denominada “Ley Ómnibus”, que fracasó en el Congreso, terminó mutando a la “Ley Bases”, donde se introdujeron algunos cambios que la oposición “dialoguista” reclamó en medio de varios escándalos con los dictámenes cambiados que se dieron en el tratamiento en la Cámara de Diputados en enero pasado.

Luego de varios meses de negociación, fueron los Diputados quienes en una sesión maratónica le dieron media sanción al proyecto que Javier Milei considera “fundacional”, el 30 de abril pasado.

Ver: Gran expectativa por el debate de la Ley Bases: votación con resultado incierto

En el Senado, la gestión libertario-macrista encontró más resistencia y debió hacer mayores concesiones, aunque muchas reformas perjudiciales para la sociedad argentina, siguen en pie. Las siguientes son las más importantes, que afectarán la vida cotidiana de los ciudadanos.

Facultades extraordinarias

El proyecto de ley establece la declaración de la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año, delegando facultades que son inherentes al Poder Legislativo por el mismo plazo al Ejecutivo. Esta autorización, que el artículo 76 de la Constitución Nacional sólo acepta para circunstancias extraordinarias, habilitará al presidente argentino a tomar decisiones sin necesidad de aprobar leyes lo que, a los hechos, dejaría inhabilitado al Congreso para involucrarse en decisiones claves para el funcionamiento del Estado nacional.

Con estas facultades, Milei podrá realizar una reforma administrativa que le permitirá disponer, modificar o eliminar organismos del Estado de acuerdo a su criterio.

Más ajuste

Si bien el CONICET; la ANMAT; el INCAA; el ENACOM; el INCUCAI; el SENASA, entre otras instituciones fueron eliminadas de la lista de intervenciones luego de los acuerdos que los libertarios hicieron con los legisladores “dialoguistas” para que aprueben la ley, Milei tendrá la facultad para enviar menos presupuesto y achicar sus estructuras, una habilitación que, en manos de quien desea destruir “el Estado desde adentro”, puede llegar a ser peligroso.

Por otro lado, el mandatario quedaría habilitado a modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos fiduciarios públicos, recursos fundamentales para el funcionamiento de las arcas provinciales. La creación de estos presupuestos se hizo durante la gestión de Carlos Menem y tuvieron como principal objetivo garantizar una distribución federal del PBI entre las 24 jurisdicciones. Con su recorte, las provincias no sólo sufrirán un nuevo ajuste en sus cuentas públicas, sino que programas como las Becas Progresar, destinadas a estudiantes, quedarían descontinuados por falta de financiamiento.

Privatizaciones 

El proyecto que tiene media sanción, habilita al libertario a privatizar las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria del Estado nacional. La iniciativa dictamina un listado de entidades entre las que se encuentran Energía Argentina S.A, Radio y Televisión Argentina S.E., Intercargo, Agua y Saneamientos Argentinos S.A (AYSA), Correo Oficial de la República Argentina S.A, Belgrano Cargas y Logística S.A, Sociedad Operadora Ferroviaria S.E., Corredores Viales S.A y Aerolíneas Argentinas S.A.

A pesar de aún figurar en la lista, la aerolínea de bandera podría no ser privatizada ya que hasta Senadores aliados al gobierno exigen mantener a Aerolíneas en manos del Estado. 

Del Instagram de cels_argentina

Más horas de trabajo y menos derechos

Como ya ocurrió durante la década de 1990, la privatización de las empresas mencionadas traerá una ola de despidos importantísima bajo el pretexto de “reducir costos laborales”. De concretarse, no sólo se registrará un importante aumento de la desocupación, sino que además habrá más empleo precarizado.

Con el objetivo de crear más fuentes de trabajo en el sector privado, el Gobierno nacional insiste en habilitar cambios en el sistema de contrataciones para, según su perspectiva, hacer crecer la masa de trabajadores registrados. Esta virtual reforma laboral, que habilita el marco legal para la flexibilización de las relaciones de trabajo, ya había sido introducida en el DNU 70/2023 y fue inhabilitada por la Cámara de Apelaciones del Trabajo, que declaró inconstitucional el capítulo tras la intermediación de un recurso de amparo presentado por la CGT.

Con estas facultades, Javier Milei podrá realizar una reforma administrativa que le permitirá disponer, eliminar y/o modificar organismos del Estado según su criterio. 

Otro de los puntos más cuestionados es el capítulo III del proyecto, que habilita la creación de un un sistema de cese laboral con el que se permite a los empleadores contratar a un tercero privado para solventar la indemnización de los empleados. 

Esto implica modificar los convenios colectivos de trabajo y permite una retención de hasta un 8% del sueldo de los trabajadores para conformar un fondo de desempleo, modelo adoptado por la UOCRA.

Contrataciones precarias

Obviando la disposición judicial, los títulos IV y V de ‘Promoción del empleo registrado’ y ‘Modernización laboral’ buscan habilitar cambios en las formas jurídicas de contratación y la relación entre empleador y empleado, exponiendo a este último a una quita de derechos laborales.

Se habilita la regulación de las relaciones laborales no registradas sin el pago de la penalidad correspondiente por la ejecución del delito en caso que sean normalizadas durante los primeros 90 días de sancionada la ley. Para aquellos empleadores que “blanqueen” a la totalidad de su planta en este plazo, la ley garantiza la condonación de hasta un 70% de las infracciones, multas y sanciones previstas. 

Además, al infractor se le da de baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), se le eliminación de toda responsabilidad penal y se le anula la deuda por capital e intereses cuando ‘aquella tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los Subsistemas de la Seguridad Social’, como el Sistema Integrado Previsional Argentino, el Fondo Nacional de Empleo, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, entre otros regímenes laborales y de seguridad social.

Más flexibilización laboral

El Capítulo II del Título V de modernización laboral, en tanto, habilita modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo, como la extensión de tres a seis meses del periodo de prueba -que sube hasta los ocho meses en las empresas de seis a cien trabajadores; y hasta un año en las pymes de hasta cinco empleados-. 

Además, habilita la posibilidad de que un “trabajador independiente” contrate “colaboradores” para llevar adelante un emprendimiento productivo sin que entre las partes exista ningún vínculo de dependencia. Es decir,  este capítulo habilita a una persona a contratar a otras sin la responsabilidad de abonar cargas sociales ni ningún otro tipo de regulación vigente.

Tras varias reuniones, el ala dialoguista de la CGT consiguió modificaciones en el texto que llegó de Diputados que, entre otras cosas, redujo la posibilidad de que los “independientes” contraten hasta tres empleados y no cinco, como estaba previsto en la norma original.  

Las mujeres serían las más afectadas con los cambios en materia jubilatoria. Foto ilustrativa: defensoria.org.ar
Las mujeres serían las más afectadas con los cambios en materia jubilatoria. Foto ilustrativa: defensoria.org.ar

Jubilaciones

El título IX elimina el Plan de Pago de deuda previsional para que todas aquellas personas que alcanzan la edad de jubilación puedan regularizar los períodos faltantes a través de cuotas mensuales que se descuentan del haber (la llamada moratoria previsional). De esta forma, para los hombres que alcancen los 65 años y no cuenten con la cantidad mínima de aportes para acceder a una jubilación, se les habilitará una Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), que contempla sólo el 80% del haber mínimo.

De aprobarse la Ley Bases sin modificaciones, sólo 1 de cada 10 mujeres de más de 60 años está en condiciones de acceder a una jubilación.

En el caso de las mujeres, a la eliminación de la moratoria con la que más de tres cuartas partes del padrón podía acceder a una pensión, se suma el aumento de cinco años de la edad necesaria para iniciar el trámite jubilatorio –actualmente es de 60 años–, situación que vulnera aún más a un sector históricamente perjudicado.

De aprobarse este artículo, un informe realizado por la economista Mercedes D’Alessandro advierte que sólo 1 de cada 10 mujeres de más de 60 años está en condiciones de acceder a una jubilación. Esto se debe a que el 75% de las tareas de cuidado son realizadas por mujeres, que en muchas ocasiones deben resignar su vida laboral y profesional para dedicarse a la crianza de sus hijos. 

La cantidad de años de aportes está absolutamente relacionada con la cantidad de hijos a cargo. “La maternidad penaliza a las mujeres a la hora de trabajar. Cuantos más hijos tienen menos aportes a la seguridad social acumulan”, indicó D’Alessandro.

RIGI

El Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) es uno de los puntos más polémicos y perjudiciales de toda la Ley Bases. Con su aprobación, el Gobierno apunta a incorporar atractivos fiscales para todos aquellos proyectos de inversión en materia de industria gasífera, minera, petrolera y agropecuaria que superen los USD 200 millones. 

Entre los beneficios se encuentran las exenciones impositivas en el pago del impuesto a las ganancias (reducido a un 25%), el IVA, derechos de importación y tasa de preferencial para el ingreso de bienes de capital, repuestos y componentes. 

También, se habilita a las empresas a disponer sin restricciones del 20% de las divisas generadas por sus exportaciones al cabo del primer año, del 40% al segundo año y del 100% a partir del tercero, generando así un escenario atractivo para que todas aquellas multinacionales que decidan hacer base en el país tengan un costo mínimo de inversión para explotar recursos nacionales.

Además, los artículos que conforman el marco legal del RIGI establecen que los derechos e incentivos adquiridos bajo los términos y condiciones del régimen “se consideran inversiones protegidas en el sentido previsto en los tratados de promoción y protección recíproca de inversiones, que resulten aplicables y su afectación podrá dar lugar a la responsabilidad internacional del Estado nacional.” Con esto, el Gobierno argentino deja habilitada la posibilidad de que cualquier conflicto legal que se genere entre el país y la empresa inversora pueda ser resuelto por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) del Banco Mundial, donde casi la totalidad de los casos resultan en favor de las grandes empresas, condenando a los países al pago de multas multimillonarias.

La Unión Industrial Argentina (UIA), entre otras organizaciones, manifestaron su malestar si esto se aprueba porque implica una competencia desleal para las PYMES nacionales

Paquete fiscal: más beneficios para los beneficiados

El Gobierno de Milei busca habilitar un blanqueo de capitales que le permita la incorporación de dólares frescos a una economía azotada por la crisis económica y la falta de financiamiento internacional. De aprobarse, cualquier persona física que registre sus activos por hasta USD 100.000 no abonará ningún tipo de penalidad por la evasión.

Lo blanqueos que superen este monto sólo abonarán alícuotas progresivas del 5%, 10% y 15%, con la posibilidad de reducir las mismas al 0% si el dinero que se encuentra fuera del país se deposita en una cuenta bancaria especial que pondrá a disposición el Estado nacional hasta el 31 de diciembre de 2025.

Además, quienes ingresen al blanqueo podrán reducir el pago de bienes personales, el único tributo patrimonial que habilita el cobro de un proporcional por la cantidad de recursos propios.

Ganancias y monotributo

Se prevé restituir impuesto a las ganancias - eliminado por el entonces ministro de Economía, Sergio Massa, en noviembre del 2023, con la votación a favor del actual presidente-. 

La reincorporación de la cuarta categoría dispone un piso de $1.800.000 ($1.494.000 netos) para trabajadores solteros y $2,2 millones ($1.781.000 netos) para casados. Con esto, alrededor de 800.000 trabajadores volverán a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5% al 35%.

La única excepción que admitió el Gobierno tras discusiones que mantuvo con los gobernadores patagónicos fue la suba del 22% de este piso para los trabajadores del sur, donde el costo de vida es significativamente más alto que en el resto del país. Es por eso que en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, y el partido bonaerense de Patagones, el cobro del tributo iniciará en los sueldos brutos de $2.196.000.

En cuanto al Monotributo, el proyecto prevé una actualización de los topes de facturación y cuotas, con incrementos de entre 300% y 330%. Así, el ingreso tope anual que se podrá facturar ascenderá a los $68 millones tanto para actividades de comercio y servicios por igual, una discriminación que la ley actual mantiene entre ambas categorías. En tanto, los monotributistas de la categoría A, podrán facturar hasta $6.450.000 anuales. 

Fuente: LATFEM